ü Se busca que todas las personas con discapacidad puedan
ejercer derechos tales como casarse o votar a través del pleno reconocimiento
de su capacidad jurídica.
La Comisión Especial Revisora del
Código Civil en lo referido al ejercicio de la capacidad jurídica de las
personas con discapacidad (CEDIS), creada por la Ley General de la Persona con
Discapacidad (Ley 29973), prepara un anteproyecto de ley que propone reformar más
de 80 artículos del Código Civil. Con esta modificatoria se busca que las
personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos sin restricticciones, y que la discapacidad no suponga en
ningún caso una restricción a su capacidad para celebrar actos y contratos
jurídicos.
La CEDIS fue creada en diciembre
de 2013 con el fin de eliminar las restricciones existentes para el ejercicio
de derechos tales como casarse, votar o contratrar; así como para la
realización de una serie de actos civiles como decidir sobre una herencia, abrir
una cuenta bancaria, reclamar alimentos, tramitar una pensión de orfandad o
registrar una microempresa.
Liliana Peñaherrera, presidenta
de la Sociedad Peruana de Síndrome Down (SPSD), señaló que, si bien no hay una
norma expresa que impida, por ejemplo, que una persona con discapacidad
intelectual tenga una tarjeta bancaria, se presentan muchas dificultades al
momento de obtenerla. “Lo que está detrás de estas limitaciones son estos
prejuicios de que las personas con discapacidad, por definición, son incapaces.
La Constitución dice que todos los ciudadanos tenemos los mismos derechos”,
agregó.
Peñaherrera explica que es
necesaria esta reforma del Código Civil pues “si bien todos tenemos los mismos
derechos, existen supuestos en la ley que los vuelven total o parcialmente
incapaces”. El rango es abierto y cada uno puede interpretar la incapacidad
como mejor le parezca, aclaró.
Como mandato, la CEDIS tenía que
formular, en el plazo de un año, un anteproyecto de ley de reforma del Código
Civil y demás normas que fueran necesarias a fin de guardar correspondencia con
lo establecido en la Ley General de la Persona con Discapacidad y la Convención
de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
(CDPD). De acuerdo con la CDPD y el
Comité de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad,
el Estado peruano está obligado a derogar la práctica de la exclusión judicial
y a revisar las leyes que permiten la curatela de personas con discapacidad.
La CEDIS está conformada por 10
representantes titulares de instituciones claves: dos congresistas (Jhon
Reynaga y Rosa Mavila); el presidente del CONADIS; un representante del Poder
Judicial; un representante de las universidades (Facultad de Derecho de la
PUCP); un representante de la Defensoría del Pueblo; un representante de RENIEC;
y tres representantes de sociedad civil (ALAMO, la Sociedad Peruana de Síndrome
Down; y SODIS). A la fecha se encuentran realizando los ajutes finales al
anteproyecto que será remitido a las comisiones parlamentarias ordinarias para
su posterior debate y eventual aprobación.
“El mayor problema para el
ejercicio de los derechos es el prejuicio: esa idea que la gente suele tener
sobre las personas con discapacidad. Y eso es mucho más difícil de cambiar”,
puntualizó Peñaherrera.
Cabe destacar que la
palabra CEDIS se eligió en recuerdo y homenaje de la primera Comisión Especial
de discapacidad que se creó en el Congreso de la República por el recordado
Javier Diez Canseco.
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