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domingo, 4 de octubre de 2015

“El Estado no debió aprobar ninguna operación en el Lote 192 sin el consentimiento de los pueblos”

El abogado Marco Huaco, especialista en materia de pueblos indígenas, disecciona el estado de la consulta previa en el Perú, un derecho que ha pasado a las primeras planas de los periódicos y de los debates televisivos desde que el Lote 192 se volvió noticia. El jueves pasado, las federaciones de las cuencas del Pastaza, Corrientes y Tigre firmaron un acta de acuerdos con el Ejecutivo relativas a medidas de inversión, la ejecución de un plan integral de salud, titulación, el pago por el establecimiento de servidumbre en territorios indígenas. Además, se levantaron las medidas de fuerza y se acordó continuar con el diálogo para tratar cuatro puntos aún pendientes y poner en marcha los acuerdos firmados.
 
Más allá del Lote 192, la  minería también puso en el punto de mira la consulta previa tras el anuncio de que la comunidad de Parombamba será la primera en ser consultada. Lejos de anuncios y celebraciones triunfalistas, hay una pregunta pendiente: Qué es lo que se consulta, y si realmente respeta el marco legal internacional que protege los derechos de los pueblos indígenas. Marco Huaco además, identifica un “caballo de Troya” en la Ley de consulta: los acuerdos previos.
 
P.- El Estado puso  fin a la etapa de diálogo en el del proceso de consulta previa del Lote 192, sin haber concluido la construcción de los acuerdos con las comunidades más afectadas por la explotación petrolera. ¿Cómo se contempla esta situación en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo?
R.- La consulta previa del Lote 192 no buscó el consentimiento, hay pruebas objetivas. Se viola así la finalidad de la consulta previa, entonces es un proceso de consulta nulo.  Si uno objetara ante un juez constitucional el proceso, tendría que declarar que se realizara de nuevo.
 
El convenio 169 no es el único referente de los derechos a la consulta previa y la participación, también está la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, hay otros comités de Naciones Unidas que también han establecido estándares válidos. El Gobierno solamente toma en cuenta su Ley de consulta previa, -que es una versión recortada de lo que ya viene recortado por el convenio 169-, es un recorte de recorte, y cuando quieren reducir estándares hablan de este convenio pero no se refieren a otros estándares que hablan de consentimiento, no solo de consulta previa.
 
El Lote 192 es el perfecto caso de derecho al consentimiento, no de derecho a la consulta previa, no hay caso más evidente, más obvio en el que el Estado no puede proceder a aprobar ninguna operación en ese lote si no ha obtenido el consentimiento de los pueblos afectados, acá no solamente no hubo consentimiento, sino que jurídicamente tampoco hubo consulta previa.
 
P.- ¿Cree que se debería volver a realizar la consulta previa en el Lote 192?
R.- Sí, definitivamente tiene que volverse a realizar, e inmediatamente adoptarse medidas de remediación, compensación ambiental para la población en peligro y, eventualmente, las comunidades deberían evaluar si demandan la paralización de las operaciones petroleras que se han aprobado sin consentimiento de ellas.
 
P.- ¿Qué pasaría con la producción petrolífera de realizarse nuevamente la consulta previa?
R.- Tendría que paralizarse: primero son los derechos humanos, la vida y la salud de las personas que viven allí. Cada minuto que pasa explotándose el crudo en esos lotes, es un minuto en contra de la vida y la salud de niños, niñas, hombres y mujeres de esas comunidades. Los pueblos indígenas loretanos están siendo realistas, pragmáticos, no están pidiendo el cierre, -cosa que podrían haber hecho porque las consecuencias ambientales son catastróficas allí-, entonces mínimo, se debería paralizar la producción del lote hasta que se garantice el cumplimiento de sus demandas que son legales.
 
P.- Si la consulta en el Lote 192  fuera una especie de termómetro que mide los límites de la consulta previa en el Perú ¿Qué marca ese termómetro?, ¿cómo evalúa el desempeño del viceministerio de Interculturalidad y del Ministerio de Energía y Minas (MINEM)?
R.- El papel nefasto del viceministerio de Interculturalidad y no menos nefasto del Ministerio de Energía y Minas creo que queda bastante claro en el caso del Lote 192, más claro que en los procesos de consulta previa anteriores que no han sido muy publicitados, pero que también han evidenciado falta de voluntad política para un real diálogo intercultural y limitaciones objetivas en la legislación que este Gobierno aprobó sobre consulta previa.
 
En el caso del Lote 192 lo he visto de cerca, por lo menos desde el año 2011 cuando trabajaba como asesor en el Congreso de la República y los dirigentes de las cuatro cuencas iban a la Comisión de Pueblos Andinos y Amazónicos del Congreso solicitando apoyo para sus pedidos de remediación ambiental, indemnización. Ya desde ese año se hablaba de la consulta previa del Lote 192, o sea es un tema muy conocido de hace años. Durante todo este tiempo han ido paseando a las comunidades, el viceministerio de Interculturalidad asumió en un primer momento la misma posición que el Ministerio de Energía y Minas.
 
Han hecho que se imponga una situación de hechos consumados, de manera que los pueblos indígenas acepten el sí o sí del Estado. Ahí viene esta falsa consulta previa de la viceministra Balbuena, en la que bajo presión le dice a los indígenas “tómalo o déjalo”. Además, cuando suspende la consulta previa habiendo llegado a acuerdos solamente con un grupo de comunidades, y con el resto, las más afectadas, simplemente pateó el tablero la viceministra y dijo “nos hemos desgastado, nos hemos esforzado mucho o acá está, por fin, un proceso de consulta previa del Lote 192”.
 
Es realmente indignante, es una burla, esa viceministra hace tiempo que ha tenido que renunciar en el cargo porque hace tiempo se le viene escuchando declaraciones como éstas, como que la consulta previa está vigente recién a partir del reglamento, luego cambió y dijo “no, recién a partir de la ley”, entonces realmente la posición genuflexa de este viceministerio a las posiciones del Ministerio de Energía y Minas son lamentables ; no creo que sea un problema de mala comprensión del convenio 169, es una posición política explícita.
 
P.- Por otro lado, el Ejecutivo ya anunció que la comunidad quechua de Parobamba va a constituir la primera consulta previa en minería. Sin embargo, usted  mencionó   en el 2013 que el primer proceso de consulta previa en este sector, que anunció el MINEM en 2012, fue en el proyecto Angostura, pero finalmente no se llevó a cabo por un acuerdo previo entre la comunidad y la empresa minera.
P.- ¿Cómo operan los acuerdos previos? ¿Siguen dándose todavía en minería?
R.-Sí, el acuerdo previo es una figura que sabotea la viabilidad de la consulta previa en el subsector minero, es una figura contractual entre partes formalmente ‘iguales’, una figura de la Ley de Tierras, por la cual el privado se acerca  al dueño de la tierra -a la superficie de la concesión- para negociar una compra a la tierra, un contrato de cesión de uso, de alquiler; entonces la primera noticia que recibe el titular de la tierra superficial es la del privado que se acerca para adquirir derechos sobre ésta, no es el Estado el que se acerca para comunicarle que quiere otorgar una concesión sobre sus tierras y entonces le hace la consulta previa. El Estado está ausente, simplemente llega un privado y dice “bueno, tengo este título, este derecho real que el Estado me ha entregado, entonces tú tienes que llegar a un acuerdo conmigo y si no vas a llegar a un acuerdo conmigo, me voy por el procedimiento de la servidumbre”.  En la práctica, los concesionarios llegan a acuerdos justamente con los titulares de las tierras superficiales y en Angostura pasó eso. Se había proyectado el primer proceso de consulta previa, se había reconocido que había una comunidad indígena afectada por ese proyecto, pero el titular de la concesión tuvo un trato directo, un acuerdo previo con esta comunidad y logró que esta comunidad renunciara a su carácter indígena, dijo ‘nosotros’ en un perfecto idioma jurídico, -muy limeño-:“no somos indígenas y no queremos consulta previa y por tanto entregamos nuestros derechos a la empresa”.
 
P.- ¿Una vez que en diciembre esté la base de datos de pueblos indígenas andinos se podrán seguir dando los acuerdos previos?
R.- Sí, este acuerdo previo justamente fue el ‘caballo de Troya’ en la ley de consulta previa y en su reglamento porque en las disposiciones finales de la ley de consulta se dice: quedan en pie todas las leyes existentes, las normas sobre participación ciudadana. Ya en ese proyecto se hablaba de que la consulta previa se aplica sin prejuicio de la figura contenida en artículos tal de la ley tal, y bueno, se refería al acuerdo previo.
 
Entonces el reglamento de consulta previa- introduce ya desde su proyecto, elaborado en el viceministerio de Interculturalidad en la gestión de Ivan Lanegra, que nunca hay que olvidar porque hay un consenso que yo siempre cuestiono de caracterizar esa gestión como progresista, favorable a los derechos indígenas, lo cual fue realmente diferente-,  lo que hace es respaldar la posición de la ley de consulta previa señalando que se consulta el acto administrativo que aprueba el inicio de operaciones en el terreno y esto es la licencia de exploración y luego la licencia de explotación, no se consulta en ella el otorgamiento de la concesión.  Entonces, ¿qué se consulta? Una decisión ya adoptada, no se consulta si puede o no haber minería y por tanto, no se pone en discusión el plan de vida de la comunidad sobre sus tierras versus el proyecto minero del Estado. Ya se entregó una concesión, hay derechos establecidos.
 
 También está la concepción errada de que en el proyecto minero solamente se tiene que hacer consulta previa en un momento, y en realidad debería ser cada vez que se adopten decisiones susceptibles de afectar a los pueblos indígenas. Entonces la primera decisión es el otorgamiento de la concesión, luego es el otorgamiento del Estudio de Impacto Ambiental, la aprobación de las licencias de exploración y luego las de explotación y el cierre de mina. Es un proceso de consulta por etapas, pero continúas. Ese es el gran defecto de la legislación peruana, que no permite que se haga consulta previa en el otorgamiento y concesión, luego ya estamos hablando sobre hechos consumados.
 
P.- ¿El oficio que emitió la Defensoría del Pueblo donde pone de manifiesto que el MINEM aprobó 16 proyectos mineros sin consulta-cuando debió implementarla-, todos ellos es porque se había llegado a un acuerdo previo?
R.- Así es. En el subsector minero la evasión de la consulta previa ha sido sistemática y bajo diferentes estrategias argumentales. En un primer momento, el ministerio decía que no podía hacer la consulta previa porque no había ley nacional, pero se le decía que estaba el Convenio 169. Después, el Ministerio de Energía y Minas decía que sus normas de participación ciudadana son consulta previa, pero vino otra sentencia y le dijo: “no, esas normas son participación ciudadana, no son consulta previa”. Luego una vez aprobada la ley de consulta previa afirmaba que como  no había reglamento, no podía aplicar. Bueno, se aplicó el reglamento y luego dijo que como  no había base de datos no podía consultar. Se le dijo que no, porque eso es independiente de que haya base o no. Y comenzó a contratar consultorías privadas con conflicto de interés que calificaron que no habían pueblos indígenas, por lo tanto, no había proceso de consulta previa.
 
Y ahora que está haciendo su primer proceso de consulta previa sobre unas medidas posteriores, o sea una vez otorgadas las concesiones, aprobados los estudios de impacto ambiental, entonces no hay novedad.
 
P.- La actual ministra de Energía y Minas, Rosa María Ortiz afirmó en una entrevista para Ojo Público que no hubo voluntad  política de hacer consulta previa en las anteriores gestiones, además el MINEM le  pasa  la pelota al Viceministerio de Interculturalidad. ¿Cómo valoras esas declaraciones?
R.- Allí hay una cosa que hay que recordar, el viceministerio de Interculturalidad señalaba sistemáticamente ante el Congreso que ellos no tenían lista la base de datos, inclusive recuerdo que en algún momento evaluamos hacer una visita sorpresa al Ministerio de Cultura para que nos enseñaran el sistema informático, el hardware, en el que estaba en construcción supuestamente la base de datos, y  ahora se está señalando que la culpa es del Ministerio de Energía y Minas que ya tenían la base de datos y el Estado lo sabía, que no lo podían hacer público.  Quien pida al Congreso la grabación de las sesiones de la Comisión de Pueblos sistemáticamente va a comprobar que el viceministro sistemáticamente decía que no estaba la lista.
 
Ahora dice que sí estaba la lista y que sí lo había informado al Ministerio de Energía y Minas, entonces ahí hay una posición aparentemente de juego en pared, estaban alineados, el viceministerio había preparado la base de datos, lo había comunicado, pero la ocultaba a los congresistas que pedían esa información. El Ministerio de Energía y Minas mientras tanto decía “no quiero consultar, esa base de datos tiene que seguir clandestina” y ahora llega una nueva ministra que dice  que lo que pasa es que el viceministerio nunca les dio la base de datos, que no cumplió su deber.
 
P.- Saltando a otro terreno, la comisión de Constitución tiene en agenda debatir- tras haber sido suspendido la última vez por falta de quórum-un predictamen sobre consulta previa legislativa que modificó el documento consensuado en la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Andinos, además de que contravendría lo dispuesto en el Convenio 169 de la OIT. En el nuevo texto, la consulta previa se tendría que realizar en la etapa de comisiones. ¿Qué implica este cambio?
R.- Es un cambio fundamental porque afecta a  la esencia misma de la consulta previa. Para que sea previa tiene que haber la posibilidad de que las partes, es decir, los pueblos indígenas y el órgano del Estado que realiza la consulta, puedan ponerse de acuerdo en algunos aspectos de la medida y que terminado el proceso, se arriben a acuerdos que sean respetados por ambas partes, por eso se llaman acuerdos vinculantes.
 
Cuando en el Congreso se quiere hacer la consulta previa en el momento de comisiones, estamos todavía en un momento tentativo, el dictamen de una comisión no es definitivo, entonces se plantea hacer la consulta previa de una medida que todavía puede cambiar después de la consulta previa, con lo que se viola el carácter vinculante de los acuerdos. El momento correcto, tal como ya lo hemos planteado hace tiempo, es justamente el momento entre la primera y segunda votación en el pleno del Congreso de la República porque solamente en ese momento ya contamos con opiniones formadas del Congreso sobre una determinada medida.
 
P.-De ser aprobado este proyecto, tal y como está planteado ahora mismo, ¿es para que se puedan seguir dictando normas como los paquetazos ambientales y que sigan pasando sin ningún tipo de consulta previa?
R.- No sé si haya esa intencionalidad de forma directa, puede ser, pero lo que sí es claro es que si se aprueba tal cual, de esta forma, esos no van a ser procesos de consulta previa aunque lleven el nombre, van a ser procesos de pedida de opinión, entonces solamente se va a cumplir con el actual reglamento del Congreso que ya dice que para proyectos de ley se tiene que pedir opinión a diversos sectores y para eso, no hay necesidad de hacer ningún proyecto de ley porque ya el reglamento del Congreso lo establece.
 
P.-¿Qué valoración  final haces de la consulta previa en el Perú, considerando además esa mezcla de discursos entre la defensa de los derechos de los pueblos indígenas y por otra parte la disposición de normas como los paquetazos que afectan a sus derechos ?
R.- En un texto que titulé “La expropiación de la consulta previa” justamente yo hago un balance general que también explica esta aparente esquizofrenia entre aprobar normas sobre consulta previa y luego los paquetazos.  En realidad la legislación de consulta previa peruana es funcional a la profundización de un modelo extractivista, se diseña la legislación de consulta previa con la mente puesta en dejar las puertas abiertas de forma incondicional al desarrollo del programa extractivo. Nadie dice que la legislación deba impedir ese programa extractivo, sino que someta a filtros que garanticen derechos de las comunidades indígenas, esa es la finalidad de la consulta previa. ¿De qué se ha tratado en el proceso peruano? de una pseudo consulta previa que está plasmada en la ley y en el reglamento y en los otros instrumentos que están alrededor de ello. Entonces, teniendo un derecho originario que pertenece a los pueblos indígenas de forma intrínseca, reconociendo un tratado como el Convenio 169 y otros como la Comisión Americana, el Pacto de Derechos Económicos Sociales, etc. viene el Estado y dice que va a regular ese derecho, en el momento en que comienza a regular este derecho que, originariamente pertenece a los pueblos indígenas, lo que se comienza de forma voluntaria pero también objetiva ,es un proceso expropiatorio porque el Estado a la hora de regular un derecho, no lo hace de forma intercultural, lo desarrolla en normas bajo su propio entendimiento sin consulta previa.
 
Son normas escritas por los funcionarios públicos, entonces en realidad estamos en una legislación orientada hacia el Estado, hacia el propio funcionario público y no orientada hacia los pueblos indígenas que son los directos beneficiarios de estas normas.
 
Por Nylva Hiruelas/Consultape

miércoles, 16 de septiembre de 2015

Pueblos indígenas del Corrientes y Pastaza paralizan el Lote 192 como exigencia para retomar el diálogo de la consulta previa


ü  Indígenas exigen al Estado formar una comisión de alto nivel para atender sus demandas.
ü  Expertos consideran que el Estado se apresuró en concluir la consulta previa.

Las organizaciones indígenas del Pastaza y Corrientes  tomaron de manera pacífica el aeropuerto de Andoas y paralizaron de forma indefinida la producción en todos los pozos petroleros del Lote 192, tras denunciar como fraude el proceso de consulta previa luego de que en forma antidemocrática el Gobierno, diera por concluida la etapa de diálogo del mayor lote petrolero del país.

“Nosotros hemos dicho, varias veces, que lleguemos a un acuerdo; pero no fue así, por eso ahora estamos reclamando nuestros derechos. Hasta la fecha el Estado ni siquiera se preocupa por remediar nuestro territorio ni hacer análisis de salud. El pueblo se siente vulnerado en sus derechos y hemos concluido que si nosotros no defendemos nuestros derechos, nadie más lo hará”, señala Aurelio Chino, presidente de la Federación Indígena Quechua del Pastaza (Fediquep).

Para llegar a acuerdos, las organizaciones indígenas exigen que el Estado conforme una comisión de alto nivel, integrada por autoridades que tengan poder de decisión: “Estamos exigiendo que el Estado instale una mesa de diálogo con autoridades de alto nivel, que la presidan los ministros de Estado que tienen poder de decisión porque el proceso de consulta, para nosotros, fue un fraude”, comenta Carlos Sandi, presidente de la Federación de Comunidades Nativas del Corrientes (Feconaco).

Además añade que han decidido paralizar todos los pozos de producción petrolera y también el aeropuerto de Andoas: “Sobre todo quiero recalcar que la lucha es pacífica, respetando la integridad física de las personas, de los trabajadores, de los policías y también los campamentos; si al Estado no le importan nuestras demandas, los pueblos nos mantendremos así porque la lucha es indefinida”, sustenta Sandi.

Consulta apresurada

Una de las principales incidencias que las organizaciones indígenas han cuestionado es la falta de atención a 26 de las 27 propuestas que presentaron en temas de salud, educación, remediación, entre otros; ya que, como el Estado y las comunidades no llegaron a un acuerdo sobre el fondo económico, debido a que ellos ofrecieron el 0.75% de la producción fiscalizada -monto que debía ser empleado en proyectos de desarrollo y vigilancia ambiental-, pero las comunidades pedían el 2,5%; el Ejecutivo dio por concluida la consulta previasin tratar los demás puntos en discusión.

“Nunca se planteó una respuesta frente a la demanda de las organizaciones -ni afirmativa, ni negativa- en aspectos vinculados a salud, titulación, medio ambiente y demás; simplemente no se incluyó el tema en la última reunión y el Estado dijo que, como no hubo acuerdos en el tema económico, ahí se acababa la consulta; eso es algo que no cumple los estándares mínimos de consulta previa”, dice Vladimir Pinto, abogado de Oxfam Perú.

Gustavo Zambrano, investigador del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú(Idehpucp), afirma que la legislación nacional está hecha de tal manera que faculta al Estado a que, si no se han llegado a acuerdos o éstos son difíciles de alcanzar, se pueda dar por terminada la consulta previa, “lo cual en este caso es riesgoso porque da la impresión que el Estado se ha apresurado por cumplir con los plazos relacionados a la firma del contrato con Pacific(nuevo operador del lote por dos años) y ahí estuvo el error”, enfatiza.

Al respecto, los integrantes de las comunidades indígenas han mostrado su indignación: “Cuando nosotros no llegamos a un acuerdo sobre la consulta, hemos insistido en seguir dialogando, pero igual la terminaron, por ese motivo nos hemos retirado” manifiesta Chino.En la misma línea, Sandi dice que “el proceso de consulta no garantizó nada, no se trató el tema de seguridad ambiental ni seguridad territorial y el Estado ha vuelto a dar servidumbre gratuita –sin indemnización- a la empresa petrolera, lo cual impide que nosotros titulemos el territorio integral y seamos respetados”.

Es importante resaltar que los territorios del Lote 192 presentan serios impactos negativos que, hasta la actualidad, no han sido remediados. La empresa Pluspetrol Norte S.A. operó el lote durante los últimos 15 años, y presentó un Plan de Abandono que no fue aprobado por la Dirección General de Asuntos Ambientales y Energéticos (DGAAE), del Ministerio de Energía y Minas. Además, el proyecto fue observado por el Organismo de Evaluación y fiscalización Ambiental (OEFA) y hasta la actualidad, no existe otro plan de remediación.“Se requería tener claridad de cuál va a ser ese proceso de remediación y quién asume las responsabilidades pero no hubo ninguna esclarecimiento del Estado sobre este tema, tampoco ha habido voluntad política de dar una solución o mensaje sobre esto” señala Pinto.

Cierre de la vía del diálogo

Hay que recordar que el Ejecutivo concluyó el diálogo de manera unilateral el 25 de agosto con las cuencas del Pastaza y Corrientes (Fediquep y Feconaco) en cuyo territorio se encuentra el 80%  de las instalaciones del lote 192. Además, dicha etapa fue constantemente postergada por los técnicos del Estado en Loreto, y cuando en Lima se retomóel diálogo (el 14 de agosto), se estableció como único punto a tratar el tema de beneficios, generando incomodidad en los presidentes de Fediquep y Feconaco, quienes no firmaron el acuerdo debido a que ellos viajaron desde sus comunidades para dialogar sobre la totalidad de sus demandas.Quienes sí suscribieron el pacto fueron las comunidades del Tigre (Feconat).

Por otro lado, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y las normas de la consulta establecen que, en caso de concluir la consulta, el Estado tiene que justificar su decisión, “este punto es algo que se tiene que cumplir, no es solo proponer un punto de los que le interesan a las comunidades” sostiene el abogado Vladimir Pinto. En la misma línea, Juan Carlos Ruiz, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL) sostiene en un artículo que es ilegal dar por concluido un proceso de consulta a pesar que nunca hubo desacuerdo, violando el Gobierno el artículo 15 de la Ley de Consulta.

Esta norma precisa que: en caso de que no se alcance un acuerdo, corresponde a las entidades estatales adoptar todas las medidas que resulten necesarias para garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios y los derechos a la vida, integridad y pleno desarrollo. También viola el artículo 21 del reglamento que dice que: la entidad promotora pondrá fin al proceso de diálogo si el principio de buena fe impidiera la continuación del proceso de consulta”, manifiesta Ruiz y agrega que al no haber mala fe de ninguna de las partes, no hay causal para poner fin al proceso.

Ministerios se pronuncian

Si bien la consulta previa se llevó a cabo por el Ministerio de Energía y Minas, liderado por la ministra Rosa María Ortiz, el proceso tuvo la intervención de otros actores gubernamentales, como la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Cultura y Ministerio Economía y Finanzas. El trabajo en conjunto, conllevó a la decisión de dar por terminada la consulta previa con la aprobación del primer ministro, Pedro Cateriano.

“El proceso de consulta ha sido mal llevado por el Ministerio de Energía y Minas, más allá de si el Ministerio de Cultura ha estado ahí o no. Desde mi punto de vista, lo que va a ocurrir es que el MINEM no va a querer retomar la consulta” comenta Zambrano. Pinto agrega que “el Gobierno ahora tiene una oportunidad de oro porque puede establecer una mesa de diálogo donde se traten estos temas con seriedad, el problema ha sido que mucho de la agenda indígena, no se tomó en serio”.

A eso se suman las declaraciones  de la viceministra de Interculturalidad, Patricia Balbuena, en el diario El Comercio, que han generado malestar en las comunidades nativas, pues tildó de “desgastante” el proceso de consulta previa en el lote 192 y además, cree que son improcedentes los reclamos.

“Rechazamos categóricamente el pronunciamiento de la ministra Balbuena, ella en un par de meses va a dejar de ser viceministra, pero nosotros no, nosotros vamos a seguir viviendo aquí los 30 años que vienen, nuestros hijos van a crecer aquí, la viceministra puede opinar, pero no reúne las condiciones para hacerlo bien” comenta Sandi.El presidente de Feconaco añade que no van a permitir que el Estado tome decisiones sin conocer la realidad de sus pueblos: “Nosotros estamos en total abandono, el ministro de Economía y Finanzas, Alonso Segura, señaló en el programa Cuarto Poder que los pueblos indígenas gozan de los programas sociales, pero eso no es verdad, yo no sé quién le ha informado eso porque es falso, nosotros estamos en total abandono del Estado. Ellos tienen una deuda histórica con las organizaciones indígenas” señala.

Por otro lado, tras aprobarse en el Congreso la ley que permite a Petroperú operar el Lote 192, los parlamentarios esperan que el Ejecutivo se pronuncie sobre la misma. “Si el Ejecutivo observa esa ley, el Congreso tiene dos opciones: o encarpetar esa ley o la promulga más allá de lo que el Ejecutivo considere. Pero sea cual sea el resultado, el Ministerio de Energía y Minas va a tener que solucionar el tema con las comunidades indígenas” dice Zambrano. Pinto manifiesta que es valioso que el Estado quiera tener mayor autonomía en la política energética, pero agrega que “esa discusión ha opacado el proceso de consulta previa del lote 192”.

martes, 7 de abril de 2015

“El retraso en la publicación de la base de datos de las comunidades campesinas está ligado a que están ubicadas en las zonas de mayor desarrollo minero”

Iván Lanegra, adjunto para el Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo, realiza un balance sobre la implementación de la consulta previa en el país. El también exviceministro de Interculturalidad (2011-2013) afirma que en proyectos como los extractivos, en particular, se requiere una consulta en la etapa de exploración y, al menos una, en lo que refiere a la explotación.
 
P.- Se han concluido ocho procesos  de consulta previa. ¿Cuál es el balance que se realiza desde la Defensoría del Pueblo?
R.- Es importante que se haya iniciado la implementación de las normas de consulta previa que se dictaron entre el 2011 y 2012, creo que la finalización de estos procesos demuestra que es posible llevarlos a cabo entre el Estado y los pueblos indígenas. Sin embargo, hay varios temas que muestran que se necesitan reformas o cambios en la gestión de la consulta. Una primera cuestión es respecto de los actores involucrados en los procesos: salvo en las consultas nacionales, las demás consultas vinculadas a proyectos o con decisiones ligadas al territorio se han llevado a cabo en la Amazonía, y se ha dejado de lado todo el ámbito andino. Eso además está ligado a que todavía hasta la fecha no se incorporan las comunidades campesinas de origen quechua dentro de la base de datos de pueblos indígenas; solo ha ocurrido con las comunidades aimaras y jaqaru. Por lo tanto, tenemos un déficit. Eso también ha llevado a que el sector de Energía y Minas no ha llevado a cabo ninguna consulta previa.
 
Un segundo elemento, es que las decisiones que se han adoptado hasta el momento todavía no se han concretado en una decisión final del Estado. El caso más visible de ello es lo que está ocurriendo con el pueblo indígena Maijuna y Kiwchua, que participaron en la primera consulta hace 16 meses para la creación de un área de conservación regional  y, hasta el momento, dicha área todavía no se ha creado. En tercer lugar, vamos viendo el tipo de acuerdos que se pueden lograr en estos procesos. Determinados proyectos, en particular, los extractivos requerirán de una consulta temprana, vinculados con las actividades de exploración, y una consulta posterior, al menos una, en lo que refiere a la explotación para asegurar de que la información esté disponible en un nivel suficiente para asegurar que los pueblos tomen decisiones con la información adecuada.
 
P.- ¿Por qué cree que no se ha llevado cabo ninguna consulta en la zona minero andina?
R.-Un primer elemento en el retraso en la publicación de la base de datos en lo que corresponde a comunidades campesinas, en particular, las quechuas, está ligado precisamente a que éstas están ubicadas en las zonas de mayor desarrollo minero, donde están la mayor cantidad de proyectos que pueden ser objeto de exploración, y que por tanto, son aquellos donde podría haber consultas. Existen comunidades campesinas en la zona andina que son parte de pueblos indígenas que tienen derechos colectivos y que por lo tanto, requieren ser consultados antes de que se adopte una medida. Por ello, la Defensoría del Pueblo le ha recordado al Ministerio de Energía y Minas la importancia de realizar la consulta en el ámbito minero.
 
P.- ¿Podría decirme un ejemplo de alguna comunidad campesina de la zona andina que requiera ser consultada?
R.- La comunidad campesina de Cañaris es un ejemplo muy claro. Es una comunidad campesina que forma parte del pueblo indígena quechua, tiene derechos colectivos, como la tierra, y por lo tanto, está sometido a las reglas que establecen las normas sobre pueblos indígenas, e incluye, entre otros derechos, la consulta previa.
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P.- La viceministra de Interculturalidad, Patricia Balbuena, en una entrevista a Consultape explicaba que respecto a la consulta previa en la zona minero andina han avanzado en el marco de las funciones que les tocan, publicando en la base de datos información sobre el pueblo aimara y jaqaru, y mediante la identificación de instrumentos metodológicos. Decía que ahora es el Ministerio de Energía y Minas el que debe iniciar los procesos. ¿Siendo la consulta obligatoria, existe algún mecanismo para exigir a su cumplimiento?
R.-El Ministerio de Cultura tiene un rol directo que todavía no está completo. Al no haber completado la publicación de la base de datos de pueblos indígenas, no habrían cumplido su tarea. Esto debe corregirse en la brevedad. Hay que recordar también que el Ministerio de Cultura, a través del viceministerio, tiene un rol muy claro en la rectoría del tema de consulta, e inclusive, tiene un rol de segunda instancia para definir donde se requiere consulta en determinados casos. Ese rol no está siendo usado de manera activa, y creo que debería de haber una mayor decisión respecto de asegurar que se haga consulta en aquellos casos donde la legislación es muy clara.
Es posible que en determinados casos terminemos con procedimientos judiciales-administrativos que obliguen a llevar a cabo la consulta. Sin embargo, estos mecanismos no deberían ser la regla, sino la excepción.
 
P.- ¿Cuáles son los retos que se identifican desde la Defensoría del Pueblo para garantizar los derechos de los pueblos indígenas?
R.- Si hay un tema que es sin duda significativo para todas las comunidades y pueblos indígenas del país es el tener un derecho a la tierra firme, estable, debidamente garantizado, que esté alejado de cualquier situación de incertidumbre. Para titular se requiere una política nacional al respecto, la implementación de un programa que apoye a los gobiernos regionales, y además, garantizar los recursos económicos para hacer que esto se lleve adelante. Recientemente, el Perú ha firmado un conjunto de acuerdos: por ejemplo, los programas contra el cambio climático o los programas vinculados a la titulación de comunidades rurales que pueden proveer los fondos para este fin. El Perú no puede excusarse en que no hay recursos, lo que está faltando es la toma del más alto nivel dentro del Ejecutivo de la decisión de avanzar de manera acelerada en el tema de la titulación.
 
P. -¿Considera que la Ley 30230 vulnera la seguridad territorial de los pueblos indígenas?
R.- No es posible interpretar esta norma bajo ningún tipo de vista como una que modifique en término alguno, alguna disposición vinculada con las tierras o con otros derechos indígenas. Porque si esa fuera la interpretación, tendría que haber sido sometida a consulta previa.; y si no lo fue, no puede hacer ningún tipo de modificación. Una posibilidad es que el reglamento sea muy claro y establezca con precisión que esta norma no tienen ningún tipo de aplicación respecto a casos vinculados con derechos colectivos de los pueblos indígenas.
 
P.- La Defensoría advertía que el 51% de comunidades nativas carecen de establecimientos de salud. Por otro lado, concluyó una consulta previa sobre una política de salud intercultural. ¿Cuáles son los avances y los retos?
R.-El principal problema en este ámbito es la poca capacidad del Estado para extender los servicios de salud para todas las comunidades. Ese porcentaje es un indicador de ese problema. Es un tema que viene de atrás, pero aún hoy no se corrige. Este informe ha sido el de redoblar los presupuestos orientados a este tema, y de aprobar una política de salud intercultural que fue además, consultada con los pueblos indígenas. Esta política define precisamente todas las líneas de acción que tienen que ir cumpliéndose para asegurar que la salud sea no solamente algo disponible para los pueblos indígenas, sino que sea adaptada interculturalmente a las necesidades de cada comunidad. El tema crítico para las comunidades es acceder a servicios de calidad, pero las distancias y las dificultades logísticas han sido habitualmente el principal problema. Creemos que este informe y esta política pueden conducirnos a esa solución.
 
Por Nylva Hiruelas

sábado, 6 de diciembre de 2014

Pueblos indígenas representan a la naturaleza y denuncian violación de derechos indígenas y de la naturaleza por los Estados y las transnacionales


ü  Poblaciones originarias alertan sobre la impunidad corporativa

ü  En primer día del Tribunal de los Derechos de la Naturaleza seis casos fueron sometidos a juicio: Caso de las cuatro cuencas amazónicas en Loreto; BP; Chevron; Conga; Belo Monte y  Condor Mirador en Ecuador

Empresas transnacionales y Estados se encuentran bajo la lupa por el Tribunal Internacional por los Derechos  de la Naturaleza, que se viene desarrollando en Lima, desde el día viernes 5 hasta sábado 6 de diciembre, donde se seguirán presentando otros casos a nivel nacional e internacional respecto a la violación de los derechos de la naturaleza y de los pueblos indígenas, en el marco de la celebración de la vigésima Conferencia de las Partes (COP).

“Este tribunal ético permanente es un llamado a la humanidad para encontrarnos con la Naturaleza. Esta instancia surge cuando los Estados no cumplen con su obligación de preservar la vida de los seres humanos”, afirma Alberto Acosta, presidente del Tribunal, y ex presidente de la Asamblea Constituyente de Ecuador.

Casos peruanos: Conga y Pluspetrol (4 cuencas)

“Yanacocha es una herida profunda en la Madre Tierra, en Cajamarca”, lamentó Milton Sánchez, de la Plataforma Interinstitucional Celendín. Sánchez relató durante la audiencia toda la trayectoria de contaminación de la empresa Yanacocha. Asimismo, el ambientalista denunció que este proyecto destruiría las fuentes hídricas de la región. “Se verterían 85 mil toneladas diarias de relaves tóxicos durante 17 años”, afirmó. Milton condenó al presidente Humala por no cumplir con su promesa de velar por el derecho al agua de las comunidades.

José de Echave, director de CooperAcción, manifestó que no se realizó una consulta previa, libre e informada a la población, a pesar de la vigencia de la Ley de Consulta. Además, resaltó que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que se presentó era “inconsistente, incompleto y violaba normas nacionales”.

Respecto al caso del Lote 192 en la selva loretana, se personó José Fachín de la cuenca del Pastaza. Relató al Tribunal que hace un año fue encarcelado, torturado y judicializado. Afirma que “desde hace más de cuarenta años la actividad petrolera ha generado muerte humana y animal”. A pesar de que el Estado ha declarado el Estado de Emergencia denuncia la inacción del Gobierno y de la empresa Pluspetrol. Exigen sancionar a Pluspetrol y que se determinen las responsabilidades del Estado por no proteger sus derechos y los de la naturaleza.

Casos del Ecuador: Cóndor Mirador y Chevron-Texaco

La cordillera del Cóndor está atravesada por proyectos mineros a gran escala, como es el caso de Condor Mirador. Luis Corral, defensor de los derechos humanos y de la naturaleza, manifestó que este caso viola los derechos de la naturaleza y colectivos”. Denunciaron el asesinato del luchador social, José Tendetza quien estaba citado para que asistiera al Tribunal como testigo. El dirigente achuar Domingo Ankuash condenó este proyecto y sentenció: “La Naturaleza y los seres humanos somos aliados, si uno desaparece, el otro también”. Por su parte, Narcisa Aucay,  habitante de la región manifestó: “No nos van a callar. Nos han enseñado a vivir libremente, con honor y con dignidad”.

También se expuso en el Tribunal el caso de la empresa Chevron-Texaco que extrajo extrayendo petróleo desde el año 1967 en plena amazona ecuatoriana. La corporación construyó 860 piscinas donde se arrojaron los desechos tóxicos. En la actualidad, existen más de 2.000 casos de cáncer atribuibles a los tóxicos desechados por la actividad petrolífera. Pablo Fajardo, abogado de las  víctimas de Chevron concluye que “se ganó el caso, pero no se limpia la amazonía ecuatoriana”; además informó que Chevron no acepta las sentencias de remediación del ambiente, por lo que se genera una afectación a los derechos internacionales.

Caso BP

Esperanza Matínez, de la organización Oil Watch, presentó el caso de la explosión en 2010 de la plataforma petrolífera ubicada en el Golfo de México que causó el derrame de aproximadamente 5 millones de barriles de crudo, y la muerte de 11 trabajadores. Martínez calificó este derrame como “el más grave de la humanidad”, y denunció la afectación de las especies que habitan en el mar. Asimismo, puso en conocimiento del Tribunal que el sistema de limpieza que empleó la empresa BP provocó que las partículas de petróleo se hicieran más pequeñas lo que facilitó que fueran absorbidas por las especies.

Caso brasileño  de Belo Monte
El Tribunal también escuchó el caso de Belo Monte, la megarepresa que está construida al 50%, y que se convertirá en la tercera más grande del mundo. “Los pueblos están siendo afectados en su alimentación. No pueden pescar porque los peces se han ido de la región. Los pueblos no pueden beber su propia agua, debido a la actividad hidroeléctrica”, alertó la especialista Sonia Guadalajara.

viernes, 17 de enero de 2014

Incertidumbre sobre el proceso de consulta en el Lote 192


A pesar de los anuncios triunfalistas del Ejecutivo en relación a los procesos de consulta previa en el Lote 169 o por la reciente decisión de publicación de la guía metodológica para la primera semana de febrero, lo cierto es que el proceso de consulta previa en el Lote 192 –emblemático por ser el primero que anunció el Gobierno-sigue entrampado y está rodeado de mucha incertidumbre sobre su futuro.

 “El tema de fondo tiene que ver con el modelo de crecimiento del Estado en los últimos 20 años basado en la extracción de materias primas que están en territorios indígenas. ¿Es posible seguir creciendo de la manera en que se está haciendo  y a la vez respetar derechos de los pueblos indígenas como el territorio o la consulta? Hasta el momento pareciera que no, porque el Gobierno no ha sabido resolver esta situación. El Gobierno tiene la obligación ética, moral y política de encontrar una solución a esto: respetar los derechos de los pueblos indígenas y promover su desarrollo, y a la vez también buscar cómo obtener recursos para la energía que necesite el país”, afirma Ismael Vega, investigador del Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP).

“Las comunidades indígenas alrededor del Lote 192 están amparados por la Ley de la Consulta Previa y también por el Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo). Se les tiene que consultar”. “De lo que se trata aquí es de un tema de derechos: derecho a la tierra, a los recursos naturales, a la consulta misma que están en juego”, explica Ana Leyva, abogada de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (Fedepaz).

Las comunidades indígenas de las cuencas de los ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, en la selva loretana, conviven desde los años setenta con la exploración y explotación petrolífera, inicialmente bajo la compañía Occidental Petroleum Corporation of Perú (Oxy) y desde el año 2000 por Pluspetrol. De este lote se extrae casi el 12% de la producción nacional de petróleo. “Se trata de un lote estratégico para el Perú porque si se deja de explotar, se paralizaría la industria en el país, se paralizaría el país en realidad”, explica Vega.

“Sería muy grave que el Ejecutivo rompa el diálogo o que recurra a la extensión del contrato. Las organizaciones indígenas en estas zonas han tenido-y siguen teniendo- una capacidad de respuesta pacífica, empleando todos los recursos legales que el mismo Estado ha aprobado. Pero creo que también estas organizaciones estarían dispuestas a defender su territorio y sus derechos. Creo que se generaría una situación de ingobernabilidad, de escalamiento del conflicto a una situación muy grave que podría ser inmanejable”, sostiene el investigador del CAAAP.

El contrato de concesión de Pluspetrol sobre este lote vence en 2015, por ello las comunidades demandaron al Estado el cumplimiento de cinco demandas mínimas,-como la remediación de la contaminación o indemnización, entre otras-, antes de la realización de la consulta previa anunciada. Sin embargo, el Estado no las ha cumplido hasta el momento y  esto ha provocado el estancamiento del proceso.

“Desde el Gobierno ha habido la idea de que la consulta previa era un proceso que solo se podía resolver diciéndole a los pueblos indígenas los beneficios económicos que se pueden obtener de la actividad petrolera. Mientras para el Gobierno la intervención del territorio tiene que ver básicamente con la evaluación de costos y beneficios, para los pueblos indígenas constituye un espacio a partir del cual se estructura toda su vida”, afirma Vega.