Al terminar los alegatos orales del Perú y Chile,
está claro que se han enfrentado dos estrategias y dos actitudes. Por un lado,
defender el derecho, por otro, imponer el hecho. El Perú dejó claro que no
existe un tratado de límites marítimos, con las características propias que
éste exigiría. Ello da un firme argumento jurídico a nuestra demanda de que la
Corte fije una frontera no delimitada. Chile, en cambio, ha buscado “demostrar”
que, en la práctica, el Estado peruano ha reconocido esa frontera para varios
fines (permisos de pesca, autorizaciones de aviones, detención de pescadores
que cruzan el límite etc.) y ello le daría –de facto– la calidad de tratados
limítrofes a la Declaración de Santiago del 52 y los Convenios pesqueros del
54.
Perú evidenció que –por contenido y contexto, el
documento de 1952 es una Declaración política de tres países: Chile, Ecuador y
Perú, comunicando al mundo que han decidido extender su soberanía hasta las 200
millas. Y los documentos de 1954 son acuerdos de una Conferencia de
conservación de riquezas marinas en el Pacífico sur. Ninguno fue adoptado en
eventos destinados a discutir límites. Por ello, el Perú está firme en que la
Corte debe trazar la frontera.
El argumento de Chile es más fáctico que jurídico.
Quizás la Corte lo considere como un factor atenuante, pero no puede
definir el sentido principal de la sentencia: establecer una frontera que nunca
fue pactada por un tratado.
De allí las amenazas vertidas por Chile a la Corte
y en conferencia de prensa: “Las consecuencias de cambiar una frontera marítima
que tiene más de 50 años serían muy graves”. ¿Reacción a la colombiana? Además,
insta a la Corte a aceptar que la frontera marítima se fije desde el hito 1,
tierra adentro, y no del Punto de la Concordia, donde la frontera terrestre
fijada en 1929 toca el mar. Para colmo, demandan se rechacen todos los aspectos
de la demanda peruana: Chile 100%, Perú 0%, equidad cero.
La “solución chilena” acentuaría el malestar y la
desconfianza entre los países. Una solución justa y equitativa culminaría la
demarcación de todas nuestras fronteras pendientes 200 años y tendríamos
definido todo el contorno del país. El fallo de la CIJ puede ayudar a un tema
clave en la construcción del Estado nacional, aunque sigue pendiente una visión
geopolítica de largo aliento sobre nuestra ubicación en AL y sobre un
desarrollo nacional que proteja y potencie nuestro mercado interno.
Con Chile tenemos relaciones diversas y temas que
requieren regulación como la propiedad de la tierra o presencia en actividades
estratégicas. La colonia peruana es numerosa: 200,000 personas. El comercio ha
crecido sustancialmente así como las inversiones: Chile tiene más de $12.000
millones enel Perú (18% de su inversión en el exterior) y Perú (Romero, Wong,
Brescia…) unos $8.000 millones allá.
Mirar el futuro exige que el fallo sea justo y se
cumpla, siendo prudentes en el manejo de la relación bilateral. Pasarán unos
seis meses en los que evitar una situación volátil y luego cumplir el
fallo. Pero, Chile tiene aún pendientes en el Pacífico Sur: ofrecer algo
concreto a Bolivia.
Diario La
República, 17 de diciembre de 2012
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