domingo, 16 de junio de 2013

Advierten graves retrocesos en los derechos humanos de las mujeres


Comisión de la Mujer y Familia del Congreso de la República mediante pre dictamen establece que los derechos del concebido son absolutos, sin prevalecer la salud  y la vida de las mujeres, cuando ya se estableció que ante el conflicto de derechos entre la vida y la salud de la mujer gestante y el derecho a la vida del concebido, priman los derechos de la mujer.

Además, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos ha emitido dictamen en mayoría en la cual se elimina la categoría de orientación sexual e identidad de género como forma de discriminación para cometer actos criminales.

 
La Comisión de la Mujer y Familia del Congreso de la República aprobaría mañana pre dictamen que establece que los derechos del concebido son absolutos, por lo tanto prevalecerán frente a cualquier derecho de la mujer, organizaciones no gubernamentales como Promsex y Demus advierten que esto significaría serios retrocesos en los derechos humanos de las mujeres.
  
El contenido del pre dictamen de la comisión de la mujer y familia desconoce y vulnera los derechos fundamentales de las personas cuando se encuentran en conflicto con los derechos del concebido, ya que resuelve cualquier situación de conflicto a favor siempre del concebido, vulnerando, de manera arbitraria, derechos fundamentales y legítimos de las mujeres, señala Rossina Guerrero, directora del Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos, Promsex.
 
Un pronunciamiento firmado por ambas organizaciones sostiene que el Estado peruano tiene la obligación de proteger y garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes; sin embargo, “consideramos que ésta debe darse en consonancia con la Constitución y los tratados internacionales que ha suscrito. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Artavia Murillo v., Costa Rica,  ha señalado que la protección del concebido debe darse a través de la mujer embarazada concediéndoles atención y ayuda especiales antes y durante un lapso razonable después del parto. El debate sobre el aborto debe darse en el marco de la legislación especializada, es decir, en el debate de reforma del Código Penal”, dice el documento.
 
Para Guerreo el legislativo está planteando una serie de retrocesos respecto a los derechos humanos de las mujeres, sin considerar que en noviembre de 2012 la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoció que los derechos del concebido no son absolutos, todo lo contrario, son graduales;  recordemos que la Corte IDH es un órgano judicial de la Organización de los Estados Americanos (OEA) cuyo propósito es aplicar e interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados de DD.HH. del sistema interamericano de protección de derechos humanos al cual se ha sometido el Estado peruano.
 
“Cuestionamos la razonabilidad de las Comisiones del Congreso de la República, ya que sus dictámenes están vulnerando estándares internacionales de derechos humanos, por un lado la Comisión de la Mujer y Familia establece que los derechos del concebido son absolutos y por lo tanto prevalecerán frente a cualquier derecho de la mujer; y por otro lado la Comisión de Justicia y Derechos Humanos ha emitido dictamen en mayoría en la cual se elimina la categoría de orientación sexual e identidad de género como forma de discriminación para cometer actos criminales, esto es un grave retroceso”, dice Guerrero.
 
Respecto al aborto Guerrero señala que no le compete al Código de Niños, Niñas y adolescentes resolver conflictos de derechos ni señalar la prevalencia de un derecho sobre otro. El código penal, el cual si es el instrumento legal para este tipo de discernimientos,  ha despenalizado el aborto terapéutico desde 1924 y ya ha resuelto dicho conflicto de derechos en este caso. De no modificarse esta propuesta,  estaríamos obligando a las mujeres a morir o a tener graves daños en su salud física y mental con tal de mantener un embarazo, incluso sin reconocer el origen de este. Y resulta aún más preocupante que, siendo las adolescentes se ven afectadas por la muerte materna, no se aborde esto como un tema de preocupación del Código, finaliza Guerrero.
 
Ambas organizaciones  exhortan al Congreso que estas dos disposiciones no sean aprobadas por la Comisión de la Mujer y la Familia porque tienen consecuencias nefastas para las mujeres.

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