Comisión de la Mujer y Familia del
Congreso de la República mediante pre dictamen establece que los derechos del
concebido son absolutos, sin prevalecer la salud y la vida de las mujeres, cuando ya se
estableció que ante el conflicto de derechos entre la vida y la salud de la
mujer gestante y el derecho a la vida del concebido, priman los derechos de la
mujer.
Además, la Comisión de Justicia y Derechos
Humanos ha emitido dictamen en mayoría en la cual se elimina la categoría de
orientación sexual e identidad de género como forma de discriminación para
cometer actos criminales.
La Comisión de la Mujer y Familia del Congreso de la
República aprobaría mañana pre dictamen que establece que los derechos del
concebido son absolutos, por lo tanto prevalecerán frente a cualquier derecho
de la mujer, organizaciones no gubernamentales como Promsex y Demus advierten
que esto significaría serios retrocesos en los derechos humanos de las mujeres.
El contenido del pre dictamen de la comisión de la mujer y familia
desconoce y vulnera los derechos fundamentales de las personas cuando se
encuentran en conflicto con los derechos del concebido, ya que resuelve
cualquier situación de conflicto a favor siempre del concebido, vulnerando, de
manera arbitraria, derechos fundamentales y legítimos de las mujeres, señala
Rossina Guerrero, directora del Centro de Promoción y Defensa de los Derechos
Sexuales y Reproductivos, Promsex.
Un pronunciamiento firmado por ambas organizaciones sostiene que el
Estado peruano tiene la obligación de
proteger y garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes; sin
embargo, “consideramos que ésta debe darse en consonancia con la Constitución y
los tratados internacionales que ha suscrito. La Corte Interamericana de
Derechos Humanos, en el caso Artavia Murillo v., Costa Rica, ha señalado que la protección del concebido
debe darse a través de la mujer embarazada concediéndoles atención y ayuda
especiales antes y durante un lapso razonable después del parto. El debate
sobre el aborto debe darse en el marco de la legislación especializada, es
decir, en el debate de reforma del Código Penal”, dice el documento.
Para Guerreo el legislativo está
planteando una serie de retrocesos respecto a los derechos humanos de las
mujeres, sin considerar que en noviembre de 2012 la Corte Interamericana de
Derechos Humanos reconoció que los derechos del concebido no son absolutos,
todo lo contrario, son graduales; recordemos que la Corte IDH es un
órgano judicial de la Organización de los Estados Americanos (OEA) cuyo
propósito es aplicar e interpretar la Convención Americana sobre Derechos
Humanos y otros tratados de DD.HH. del sistema interamericano de protección de
derechos humanos al cual se ha sometido el Estado peruano.
“Cuestionamos la razonabilidad de
las Comisiones del Congreso de la República, ya que sus dictámenes están
vulnerando estándares internacionales de derechos humanos, por un lado la
Comisión de la Mujer y Familia establece que los derechos del concebido son
absolutos y por lo tanto prevalecerán frente a cualquier derecho de la mujer; y
por otro lado la Comisión de Justicia y Derechos Humanos ha emitido dictamen en
mayoría en la cual se elimina la categoría de orientación sexual e identidad de
género como forma de discriminación para cometer actos criminales, esto es un
grave retroceso”, dice Guerrero.
Respecto al aborto Guerrero
señala que no le compete al Código de Niños, Niñas y adolescentes resolver
conflictos de derechos ni señalar la prevalencia de un derecho sobre otro. El
código penal, el cual si es el instrumento legal para este tipo de
discernimientos, ha despenalizado el aborto terapéutico desde 1924 y ya
ha resuelto dicho conflicto de derechos en este caso. De no modificarse esta
propuesta, estaríamos obligando a las mujeres a morir o a tener graves
daños en su salud física y mental con tal de mantener un embarazo, incluso sin
reconocer el origen de este. Y resulta aún más preocupante que, siendo las adolescentes
se ven afectadas por la muerte materna, no se aborde esto como un tema de
preocupación del Código, finaliza Guerrero.
Ambas organizaciones
exhortan al Congreso que estas dos disposiciones no sean aprobadas
por la Comisión de la Mujer y la Familia porque tienen consecuencias nefastas
para las mujeres.
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